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El enorme castigo que tendrían los responsables del apagón, podrían ir a la cárcel

Esta acción ya le dio la vuelta al mundo, pero podrían haber consecuencias aún más graves

Por Angel Ramos

Esta acción ya le dio la vuelta al mundo, pero podrían haber consecuencias aún más graves

Todo el mundo está hablando de lo que sucedió al terminar la  final de la Liga 1 entre Alianza Lima y Universitario de Deportes, la cual terminó en triunfo, pero no en celebración para los cremas. Y es que luego del silbatazo final, las luces en Matute fueron apagadas para evitar que los rivales pudieran celebrar su título.

 

Este acto que demuestra nulo espíritu deportivo, rápidamente se convirtió en noticia mundial pues nadie podía creer la bajeza de estas acciones. En ese sentido, todo parece indicar que más allá de lo mal que quedó la imagen del club y de lo mucho que se está hablando para mal de la directiva aliancista, ahora se ha dado a conocer que podría haber incluso consecuencias legales para quienes resulten estar involucrados en el hecho.

En ese sentido, El Comercio ha dado a conocer que los responsables de apagar luces del estadio Matute podrían afrontar hasta 8 años de cárcel, esto debido a que podrían haber cometido un delito penal contra la paz pública. “El Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú investigan los hechos tras la final entre Alianza Lima y Universitario de Deportes, calificados por la Fiscalía como delito contra la paz pública”, dice el diario peruano.

Úrsula Moreno Díaz, fiscal de turno, realizó una visita  al estadio Alejandro Villanueva en el marco de las indagaciones correspondientes. A su salida, criticó que ningún directivo del club estuvo presente durante la diligencia. Asimismo, comentó que se suspendieron todas las labores programadas en Matute. De igual manera resaltó que los actos investigados corresponden al “delito penal contra la paz pública en modalidad de disturbio”.

 

¿Qué pasará si se determina la existencia de un delito?

En caso de que al final la Fiscalía Penal de Turno determine que efectivamente se cometió el delito contra la paz pública en modalidad de disturbio, los responsables podrían cumplir una condena no menor a seis años y no mayor a ocho, esto de acuerdo con el Artículo 315 del Código Penal peruano.

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